Recogemos en este post una reseña del artículo publicado por Juan G. Navedo, Alejandro G. Herrera y David Arranz en la revista Monte Buciero, en el que tras un intensivo estudio en el ámbito del Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel, justifican la propuesta de que se restrinja y controle el marisqueo recreativo en los espacios naturales protegidos, como medida para mejorar el hábitat de las aves migratorias y simultáneamente favorecer la actividad tradicional de marisqueo profesional de la población local.
Los humedales litorales han experimentado una reducción generalizada de su superficie a escala global y un notable incremento en el número de personas extrayendo recursos bentónicos durante la bajamar de forma recreativa. En paralelo, las poblaciones de aves acuáticas migratorias que los utilizan muestran un declive generalizado de sus poblaciones. El estudio analizó la distribución de personas extrayendo recursos bentónicos a lo largo de un año dentro de un humedal protegido por su importancia para la conservación de las poblaciones de aves acuáticas, el Parque Natural de las Marismas de Santoña, Victoria y Joyel, teniendo en cuenta diferentes sectores y períodos del año.
Los resultados de este estudio apoyan que en los humedales protegidos a escala internacional por su importancia para la conservación de las aves acuáticas (Ramsar, ZEPA), la extracción recreativa de recursos bentónicos debería ser prohibida legalmente dentro de los límites del espacio protegido, al menos, desde principios de agosto hasta finales de octubre, para promover un desarrollo socioeconómico de las comunidades locales compatible con la conservación de los recursos naturales. Esta medida debería ser adoptada de forma urgente en Cantabria para prevenir afecciones mayores, dado el incremento generalizado de recreativos, muchos de ellos turistas. Por ejemplo, en la marisma de Joyel, se llegan a alcanzar durante el verano densidades máximas de hasta 50 personas lo que a priori parece totalmente incompatible con la mera presencia de aves alimentándose y mucho más incompatible con el forrajeo de las mismas.
De forma simultánea, esta medida debería resultar bienvenida entre los habitantes locales si, en base a la reducción general del número de personas extrayendo ‘cebo’, los gestores ofrecieran nuevas licencias para el marisqueo profesional con preferencia para los habitantes locales, ya que el incremento de la demanda de ‘cebo’ para la pesca deportiva podría ser compensado por un aumento en la cantidad de ‘cebo’ en los mercados extraída por profesionales locales. De este modo, tal y como establece la directiva ‘Hábitats’ en su articulado, la adopción de estas medidas redundaría en la conservación de los recursos naturales, y potenciaría el desarrollo de una actividad tradicional local sobre las actividades recreativas.
Quienes estén interesados en ampliar información sobre el tema pueden encontrar la información completa en el informe publicado por la revista Monte Buciero, que se encuentra disponible en papel.
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